Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2010-R
Fecha: 03-May-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
La recurrente, interpone recurso de hábeas corpus, contra Jorge Fernando Leytón Wayar, Fiscal de Materia; Jorge Santa cruz Comandante de la Unidad de Conciliación Familiar;José Vargas, Rodolfo Limachi Limachi, y Humberto Quispe Tórrez, funcionarios policiales de El Alto, solicitando sea declarado procedente, se ordene la inmediata libertad de su representado, la nulidad de todo lo actuado ante el Ministerio Público por defecto y vulneración de derechos y garantías constitucionales, con responsabilidad civil y costas judiciales.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso, ahora acción de libertad
- Comandante de la Unidad de Conciliación Familiar
- Fiscal de Materia
- procedente
- Fragmento 9
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- empero, si bien la denuncia efectuada por Martha Maquera de Mamani por riñas y peleas originó que su representado sea llevado a celdas policiales, constituyendo este hecho una falta o contravención que merece además de una multa también arresto, como procedieron los policías; sin embargo en dichas dependencias al formalizarse la denuncia en contra del representado de la accionante, por la compra de joya a un menor de edad, el Fiscal inició la investigación
- improcedente
- REVOCAR