SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2010-R
Fecha: 03-May-2010
improcedente
El Juez de garantías, en su Resolución 184/2007 de 12 de octubre, cursante de fs. 60 a 63, utiliza el término improcedente, para denegar la tutela, al respecto, el art. 126.III de la CPE, establece que: “… La sentencia podrá ordenar la tutela de la vida, la restitución del derecho a la libertad, la reparación de los defectos legales, el cese de la persecución indebida o la remisión del caso al juez competente…”, terminología que es compatible a la utilizada por el art. 18 de la CPE abrog. Ahora bien, se debe entender que al ordenar la tutela, es coherente utilizar el término “otorgar la tutela” o “conceder la tutela”; en contrario sensu, en caso de no concurrir los supuestos pertinentes para su otorgación, el juez o tribunal de garantías deberá “denegar la tutela”. Por su parte, el Tribunal Constitucional, deberá aprobar o revocar la decisión del juez o tribunal a quo, terminología que en el marco de la aplicación de la Constitución Política del Estado Vigente debe ser utilizada por todos los tribunales y jueces.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso, ahora acción de libertad
- Comandante de la Unidad de Conciliación Familiar
- Fiscal de Materia
- procedente
- Fragmento 9
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- empero, si bien la denuncia efectuada por Martha Maquera de Mamani por riñas y peleas originó que su representado sea llevado a celdas policiales, constituyendo este hecho una falta o contravención que merece además de una multa también arresto, como procedieron los policías; sin embargo en dichas dependencias al formalizarse la denuncia en contra del representado de la accionante, por la compra de joya a un menor de edad, el Fiscal inició la investigación
- improcedente
- REVOCAR