Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2010-R
Fecha: 03-May-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; y arts. 7 inc. 8) y 93 de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 184/2007 de 12 de octubre, cursante de fs. 60 a 63, pronunciada por el Juez Primero de Partido y Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia DENIEGA la tutela solicita.
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y resolución del Juez de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso, ahora acción de libertad
- Comandante de la Unidad de Conciliación Familiar
- Fiscal de Materia
- procedente
- Fragmento 9
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3.
- empero, si bien la denuncia efectuada por Martha Maquera de Mamani por riñas y peleas originó que su representado sea llevado a celdas policiales, constituyendo este hecho una falta o contravención que merece además de una multa también arresto, como procedieron los policías; sin embargo en dichas dependencias al formalizarse la denuncia en contra del representado de la accionante, por la compra de joya a un menor de edad, el Fiscal inició la investigación
- improcedente
- REVOCAR