Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2010-R
Fecha: 04-May-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
En virtud de la designación de las nuevas autoridades, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se dispuso el reinicio de los cómputos. Por tanto, la nueva fecha de vencimiento para dictar Sentencia dentro de dicha causa concluía el 20 de abril del año en curso; empero, por solicitud de documentación complementaria se suspendió el plazo mediante Auto Constitucional 100/2010-CA de 20 de abril, siendo reanudado el mismo el 4 de mayo del presente año, razón por la cual, la Resolución emitida se encuentra dentro de plazo establecido.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Sobre la valoración de la prueba en materia de hábeas corpus
- III.4. Sobre l
- III.5. El caso de autos
- III.5.1.
- III.5.2.
- APROBAR