SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0089/2010-R
Fecha: 04-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, alega que las autoridades judiciales recurridas ahora demandadas, vulneraron los derechos de su representado a la libertad de locomoción y presunción de inocencia, así como la garantía del debido proceso, toda vez que la Jueza cautelar le concedió la cesación de su detención preventiva bajo medidas sustitutivas que cumplió a cabalidad; empero, en apelación, los Vocales demandados revocaron dicha determinación y dispusieron su detención preventiva con el fundamento de que en lo concerniente al presupuesto trabajo existe contradicción, pues la cédula de identidad del imputado indica como ocupación estudiante, mientras que el certificado de trabajo presentado indica que trabaja en una empresa y los testigos señalaron que vendía celulares, valorando así la prueba de manera subjetiva. Por otra parte, en la audiencia de apelación no se le permitió producir prueba en cuanto al cumplimiento de las medidas sustitutivas impuestas, con lo que pretendía demostrar su voluntad de someterse al proceso. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes y si corresponde otorgar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- Fragmento 5
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Sobre la valoración de la prueba en materia de hábeas corpus
- III.4. Sobre l
- III.5. El caso de autos
- III.5.1.
- III.5.2.
- APROBAR