SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0098/2010-R
Fecha: 10-May-2010
i)
La autoridad recurrida, Moisés Kestenbaum Gamarra, Fiscal de Materia, presentó informe escrito al Tribunal, conforme consta de fs. 120 a 121 vta., señalando lo siguiente: i) El requerimiento de aprehensión se encuentra debidamente fundamentado y diligenciado, firmado por el recurrente el 26 de octubre de 2006; ii) El ingreso a su domicilio se habría hecho previa anuencia y permiso de la propietaria y conviviente de Ariel Carlos Montaño Fuentes, quienes inclusive firman en conformidad al pie del acta; en el interior del inmueble se encontró una mochila con la suma de Bs19500.- (diecinueve mil quinientos bolivianos) en cortes de Bs100.- (cien bolivianos) y una motocicleta sin placas, presumiéndose que ésta se hubiese adquirido con parte de los dineros del robo perpetrado en la Cervecería Taquiña; iii) El imputado fue asistido de su abogado defensor a momento de prestar su declaración y en dicha acta no consta que haga mención de que se habría vulnerado sus derechos constitucionales; iv) Que este recurso es subsidiario y si el imputado quería reclamar algo, debió hacerlo en su momento y no después de un año para recuperar la libertad.
- recurso de hábeas corpus, en la actualidad acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- 1)
- a)
- i)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebidos, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- cuando se pruebe que una vez activados estos mecanismos procesales
- III.4. Análisis del caso
- (excesiva carga procesal o incumplimiento de plazos)”
- III.5. Incidente de actividad procesal defectuosa
- III.6.1.
- APROBAR