Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2010-R
Fecha: 10-May-2010
II.1.
II.1. El 2 de septiembre de 2002, se presentó planilla de liquidación desde el 17 de septiembre de 2001 al 17 de agosto de 2002, adeudando el recurrente la suma de Bs6050.- (seis mil cincuenta bolivianos), ordenando la Jueza, que dicha planilla se ponga a conocimiento de las partes (fs. 27), ratificándose al recurrente en su domicilio procesal el 9 de octubre de 2002 (fs. 28); ante la solicitud de la demandante, la planilla fue aprobada por Resolución de 16 de octubre de 2002 (fs. 29 y vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de hábeas corpus, actual acción de libertad, y la activación simultánea de jurisdicciones distintas
- I.
- II.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR