SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0111/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0111/2010-R

Fecha: 10-May-2010

II.2.

II.2. En virtud a la representación de referencia, por proveído de 30 de octubre de 2002, el Juez recurrido dispuso que al alegar el representado del recurrente y otro, tener derecho propietario sobre el inmueble a desapoderar, en cumplimiento del art. 45 de la LAPCAF, se notifique a los mismos para que adjuntando los títulos que tuviesen, formalicen oposición al desapoderamiento en el plazo de diez días (fs. 211), notificación que se cumplió en forma personal al representado del recurrente, Freddy Justiniano Vaca, el 16 de enero de 2003 (fs. 216).