SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0136/2010-R

Fecha: 17-May-2010

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de hábeas corpus dictó la Resolución  011/20007 de 6 de noviembre, cursante de fs. 70 a 71 vta., que declaró improcedente el recurso, manteniendo vigente la detención preventiva del recurrente Hilario Yujra Quispe, con los siguientes fundamentos: 1) Entre los antecedentes que fueron remitidos con el recurso de alzada, no se encontraba el memorial de solicitud de cesación de la detención preventiva, simplemente se adjuntó el memorial presentado por el abogado Jhonny Alex Urzagaste; remitiéndose al mismo, se concluye que en su contenido no existe solicitud expresa por parte del imputado; 2) El Juez, erróneamente señala nueva audiencia de cesación de la detención preventiva, sin que exista solicitud expresa del imputado; 3) De acuerdo a lo que dispone el art. 404 del CPP, corresponde al recurrente acompañar toda la prueba que intente producir en segunda instancia, misma que debe ofrecer junto con el escrito de interposición, señalando concretamente el hecho que pretende probar; y, 4) En el memorial de recurso de apelación incidental no existe ofrecimiento de pruebas.