SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0152/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0152/2010-R

Fecha: 17-May-2010

en ningún momento se ha revocado la medida, ni se le ha puesto obstáculos o exigencias no previstas por ley, como tampoco se ha actuado negligentemente

Es decir, en ningún momento se ha revocado la medida, ni se le ha puesto obstáculos o exigencias no previstas por ley, como tampoco se ha actuado negligentemente o de manera dilatoria, por tanto no existe acto ilegal alguno que amerite la tutela invocada, por cuanto no se ha restringido ni agravado su situación jurídica, por ende no se ha lesionado el derecho a la libertad, ni al debido proceso.

Finalmente, en cuanto al derecho a la defensa y a la presunción de inocencia, no corresponde mayor pronunciamiento, por cuanto en este caso, por lo explicado, no ha existido lesión de derechos fundamentales, y porque fundamentalmente no corresponde que los mismos sean tutelados a través de la presente acción de defensa.