Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0152/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.6.
II.6. Mediante Resolución 113/2007 de 23 de octubre, el Tribunal Primero de Sentencia del Distrito Judicial de Chuquisaca, en mérito a los informes, dispuso que el acusado constituya un nuevo domicilio a efectos de cumplir de manera efectiva la detención domiciliaria impuesta, en razón a que la detención domiciliaria debe ejecutarse de manera efectiva con condiciones de seguridad similares a las de un penal, donde sus custodios puedan cumplir su función de vigilancia en forma eficaz y sin riesgo de que el detenido pueda evadirse (fs. 1 y vta.).
- recurso de hábeas corpus ahora acción de libertad,
- detención domiciliaria
- Fragmento 3
- autoridades judiciales
- Comandante de la Policía Departamental de Chuquisaca
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- en el orden procesal en lo atinente a la terminología de esta acción tutelar
- Fragmento 16
- SC 0080/2010-R
- Segundo Supuesto:
- No obstante, el mismo entendimiento unificado estableció
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- a) Con relación a la actuación del Comandante de la Policía Departamental de Chuquisaca
- b) En cuanto a la actuación de las autoridades jurisdiccionales, Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia
- en ningún momento se ha revocado la medida, ni se le ha puesto obstáculos o exigencias no previstas por ley, como tampoco se ha actuado negligentemente
- POR TANTO