Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0156/2010-R
Fecha: 17-May-2010
concedió en parte
Concluida la audiencia, el Juez de amparo concedió en parte el recurso por la violación del libre tránsito, propiedad privada y trabajo, disponiendo que en el plazo de tres días a partir de la notificación los recurridos procedan a retirar la tranca de madera instalada en el acceso a dicha zona, así como el despeje de todas las piedras que obstruyen la vía publica; y denegó el recurso, en lo emergente del uso y aprovechamiento de aguas, por el principio de subsidiariedad, puesto que deberá ser dilucidado ante el juez agrario y no así en el presente recurso.
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- b)
- c)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. El derecho al agua
- a)
- III.4. Derechos de los pueblos indígena originario campesinos e interés individual
- Fragmento 19
- III.5. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte