Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0156/2010-R
Fecha: 17-May-2010
II.4.
II.4. Mediante certificación de 31 de agosto de 2006, el Sub Prefecto de la provincia Quillacollo, se constata la obstrucción del camino de acceso a la propiedad de los recurrentes, mediante el colocado de piedras y anillas en gran cantidad en el camino y la construcción de una tranca, además de la vigilia realizada por los comunarios; además de verificarse la ruptura de tubos y una nueva conexión realizada por los comunarios de Combuyo, lo que ocasionó que los cultivos se sequen y el ganado vacuno se muera (fs. 11).
- recurso de amparo constitucional -ahora acción de amparo constitucional-
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- b)
- c)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución Política del Estado en el tiempo
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. El derecho al agua
- a)
- III.4. Derechos de los pueblos indígena originario campesinos e interés individual
- Fragmento 19
- III.5. Protección directa e inmediata, otorgada en forma excepcional por la acción de amparo, ante medidas de hecho
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte