SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0176/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0176/2010-R

Fecha: 24-May-2010

Fragmento 19

          En la presente acción tutelar el ahora accionante denuncia que las autoridades judiciales demandadas, emitieron a su turno, sus resoluciones de rechazo de la cesación de su detención preventiva, sin la debida fundamentación ni realizar la valoración integral de los parámetros objetivos, sosteniendo la existencia del riesgo de fuga, no obstante de haberlo desvirtuado. Al respecto cabe señalar que de acuerdo a los antecedentes procesales cursantes en obrados, se constata que las demandadas Juezas del Tribunal Primero de Sentencia, al emitir su Resolución rechazando la cesación de la detención preventiva del accionante, la fundamentaron señalando que luego de un análisis valorativo fáctico y jurídico de los elementos presentados, advirtieron que si bien la documental adjuntada presumía la existencia de familia, domicilio y trabajo del ahora accionante; empero, precautelando la aplicación de la ley que es una de las finalidades de las medidas cautelares conforme lo establece el art. 221 del CPP, se tenía también que considerar lo dispuesto por el art. 234.6 del mismo cuerpo legal, relativo al peligro de fuga, sin violentar el principio de inocencia que se mantiene en tanto no exista sentencia ejecutoriada, por lo que compulsando el hecho objetivo de una sentencia condenatoria a diez años de presidio, confirmada en segunda instancia y la posibilidad de que adquiera ejecutoria, negaron la cesación impetrada por constituir ello, riesgo de fuga, lo que desvirtúa lo aseverado en la ahora acción de libertad, de que dichas autoridades no hubieren realizado una valoración integral de los parámetros objetivos, por cuanto para adoptar la decisión, precisamente evaluaron la situación jurídico procesal del accionante determinando que la documental presentada no era suficiente para desvirtuar el riesgo de fuga, sin vulnerar los derechos fundamentales invocados por el accionante.