SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0176/2010-R
Fecha: 24-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El antes recurrente, ahora accionante, alega que se vulneraron sus derechos a la libertad física, a la presunción de inocencia, la garantía del debido proceso y el principio de legalidad formal, toda vez que solicitó la cesación de su detención preventiva, que fue negada por el Tribunal Primero de Sentencia, y confirmada en apelación por la Sala Penal de la Corte Superior, ambos del Distrito Judicial de Tarija, que declaró, sin lugar el recurso interpuesto, no obstante de haber desvirtuado el peligro de fuga, el que fue el fundamento para la ilegal negativa, sustentando las autoridades jurisdiccionales su existencia en la sentencia condenatoria impuesta en su contra y confirmada en segunda instancia, sin realizar la valoración integral de todos los parámetros objetivos y efectuando una errónea interpretación del art. 234.6 del CPP. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- Fragmento 6
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
- .
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.4. El caso en examen
- APROBAR