Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0176/2010-R
Fecha: 24-May-2010
Fragmento 6
Los recurridos, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, Edgar Azurduy Salinas y Marcos Ramiro Guerrero Miranda, en su informe escrito de fs. 118 y vta. señalan que se remiten al tenor íntegro de la Resolución 117/2007 de 8 de noviembre, pronunciada en el proceso de referencia, que explica y justifica por si misma su proceder y en su motivación de ratio decidendi, se encuentran expresados los motivos en que se basa la decisión que resuelve el recurso de apelación incidental, solicitando en base al fundamento expuesto, se deniegue y declare improcedente la acción tutelar, con costas y multa.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- Fragmento 6
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Fundamentación de las resoluciones sobre medidas cautelares
- .
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.4. El caso en examen
- APROBAR