SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0185/2010-R
Fecha: 24-May-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, solicita tutela de su derecho a la propiedad privada consagrado en los arts. 7 inc. i) de la CPEabrg; art. 56.I de la Constitución Política del Estado vigente (CPE), que considera vulnerado, se suscribió un contrato de venta con reserva de propiedad con Sandra Liliana Matienzo Guilarte, quien incumplió el pago del saldo adeudado y no obstante de ello, suscribió un contrato de reconocimiento de acciones y derechos a favor de un tercero, Carlos Abraham Webber Guimbart, permitiendo que este último registre la anotación preventiva por dos veces consecutivas en DD.RR., como si se tratara de documentos distintos y luego, prorrogar la anotación preventiva del último registro, sin tener ningún interés legítimo sobre el inmueble, lo que derivó en la instauración de un proceso civil de cumplimiento de obligación y anulación de anotaciones preventivas contra ambos, que luego fue desistido por el actor en forma parcial en lo que respecta a la nulidad de las anotaciones preventivas, persiste en cuanto al cumplimiento de la obligación contra Sandra Liliana Matienzo Guilarte, proceso que actualmente se viene ventilando en la vía ordinaria. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- 1)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional
- III.4.
- 2)
- III.5. Inmediatez del recurso de amparo constitucional
- denegado
- APROBAR