Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2010-R

    Fecha: 24-May-2010

    II.1.

    II.1.  De fs. 7 a 8 vta., cursan los Formularios de DD.RR. serie A-PJ-DR-FDR-2004, "Nº" 330308 y 330001, sobre Testimonio de inscripción en DD.RR. de un documento privado reconocido, de transferencia de un terreno sub urbano denominado "La Glorieta", suscrito el 19 de agosto de 1961, por Juan Fernández Barrios, como vendedor y Jesús Suárez Montero en calidad de comprador. En el documento no costa el registro en DD.RR. de la referida transferencia.

    • recurso
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
    • accionante'
    • la seguridad jurídica
    • un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
    • En cuanto al derecho al debido proceso
    • En el ámbito administrativo
    • En cuanto al derecho a la propiedad privada
    • En cuanto al derecho al juez natural
    • la acción de amparo
    • Precedente jurisprudencial:
    • Reciente entendimiento sobre el particular:
    • 1)
    • 4)
    • Fragmento 24
    • lesiona la garantía del debido proceso
    • corresponde otorgar la tutela respecto a este derecho
    • denegado
    • POR TANTO
    • 2º

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca