Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0211/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.3.
II.3. Mediante RA 54/2006 de 5 de septiembre, el Alcalde recurrido ordenó "…el Desalojo y la Demolición de todas las construcciones clandestinas que se encuentran asentadas sobre los bienes Municipales de uso público, ubicada en inmediaciones de la Junta 21 de Junio y Zona Belén sobre el lecho del arroyo San Juan por ser violatoria a la Ley de Municipalidades en sus artículos Art. 134, 135, 44 numeral 32, en atención al Art. 8 numeral 6 y 9 de la misma norma municipal" (sic). Encomendando su cumplimiento a la Dirección de Desarrollo Territorial Planificación y Regulación Urbana, y a la Dirección de Industria y Comercio (fs. 82 a 83).
- recurso
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- la seguridad jurídica
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- En cuanto al derecho al debido proceso
- En el ámbito administrativo
- En cuanto al derecho a la propiedad privada
- En cuanto al derecho al juez natural
- la acción de amparo
- Precedente jurisprudencial:
- Reciente entendimiento sobre el particular:
- 1)
- 4)
- Fragmento 24
- lesiona la garantía del debido proceso
- corresponde otorgar la tutela respecto a este derecho
- denegado
- POR TANTO
- 2º