SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2010-R

Fecha: 31-May-2010

Fragmento 8

Por su parte, el corecurrido investigador asignado al caso, Jhonny Aguilera, expresa: 1) Formalizada la denuncia por la Cancillería de la República, se inició la investigación contra el recurrente, quien otorgó visas ilegales a ciudadanos chinos, en su calidad de funcionario consular en China, donde no se lo pudo notificar, motivando ello se trasladen a dicho país a ese objeto, conjuntamente el fiscal Mollinedo, quien solicitó exhorto suplicatorio con facultad de ejecutar el mandamiento de aprehensión librado en su contra. Es así, que en presencia del ahora recurrente, previamente citado a la Embajada, colectaron los elementos que se encuentran en las cajas que trajeron y que aún no han sido abiertas; empero, dicha documentación paralela fue internada al país por contrabando, constituyendo documentos oficiales del accionante que fue trasladado a Bolivia a efectos de ser investigado; 2) En la investigación llama la atención que en el mes de mayo, cuando las personas cambiaron su status migratorio, el accionante otorgó 60 visas de turista, cuando no tenia facultad para ello; señalando el recurrente que había solicitado la suspensión de dichas visas, por lo cual ninguno de esos ciudadanos chinos ingresaron al país, lo que no fue evidente, toda vez que su persona confiando en la palabra del recurrente, cuando se dirigió a Migración, constató que esas sesenta personas ingresaron a Bolivia vía aérea por Tacna y que fueron recogidas por una persona hoy imputada; es decir, que el recurrente mintió. Por otra parte, se encontró una caja DHL, que fue enviada por el recurrente conteniendo 60 visas  para ser llenadas con la misma letra ya que los turistas llegaron al mismo lugar, verificándose que no se alojaron en los hoteles que señalaron donde ni siquiera hicieron las reservas. Al mismo tiempo se verificó la cadena de participación de personas; y, 3) Para obtener su libertad el recurrente, presentó un contrato de trabajo, que al ser verificado, se pudo evidenciar que el supuesto patrón no era ingeniero y que la supuesta empresa era un vivienda familiar, siendo retirado dicho documento por el presentante quien en China tuvo conocimiento de la investigación iniciada en su contra, pues lo cierto es que emitió  las 1800 visas, que posteriormente se determinará si para ello, cumplió o no con las requisitos exigidos por ley.