SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2010-R

Fecha: 31-May-2010

II.3.

II.3.El recurrente, en 23 de abril de 2007, suscitó incidente de actividad  procesal defectuosa, que fue declarado improbado a través de la Resolución 284/07 de 2 de agosto del mismo año, pronunciada por el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, contra la que planteó apelación incidental, recurso declarado inadmisible, por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 266/2007 de 25 de septiembre, cuya complementación y enmienda solicitada por el accionante, se rechazo al no haber ingresado a considerar el fondo del recurso planteado (fs. 1 a 14; 21 a 25; 27 a 29).