Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0219/2010-R
Fecha: 31-May-2010
III.3.1. Falta de fundamentación en la imputación formal
La jurisprudencia constitucional (SC 470/2007-R de 12 de junio), refiriéndose a los casos en los que se denuncia deficiencias en la imputación formal por falta de motivación y ausencia de fundamentación de hecho y de derecho en la atribución de un hecho punible, ha establecido que tales extremos si bien se encuentran vinculados a la lesión al debido proceso; sin embargo, los mismos no pueden ser analizados en esta acción tutelar por no estar vinculados como causa directa de la restricción a la libertad.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 6
- ,
- Fragmento 8
- improcedente
- Fragmento 10
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2.Armonización de términos procesales-constitucionales
- Fragmento 17
- III.3.
- III.3.1. Falta de fundamentación en la imputación formal
- Fragmento 20
- III.4.
- tutela
- APRUEBA