Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0227/2010-R
Fecha: 31-May-2010
Fragmento 3
De acuerdo a lo expuesto, interpone recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional contra Rosario Sonia Sainz Quiroga, Jueza Tercera de Sentencia del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando se declare “procedente” el recurso y se disponga: a) La anulación de obrados hasta que se imprima el trámite establecido por los arts. 375 y ss. del CPP, referido a los procesos por delitos de acción privada; b) Con carácter previo a la continuación de juicio, se resuelva la excepción de incompetencia planteada; y, c) Se condene en costas a la autoridad recurrida.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- a)
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Análisis del caso
- III.3.2.
- III.3.3.
- III.4.
- APROBAR