Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0252/2010-R
Fecha: 31-May-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El presente expediente se recibió en el Tribunal Constitucional el 15 de octubre de 2006; sin embargo, ante las renuncias de Magistrados en diciembre de 2007, se interrumpió la resolución de causas. No obstante, en virtud a la reciente designación de nuevas autoridades, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, el Pleno resolvió el reinicio de los cómputos; en consecuencia, la causa fue sorteada el 5 de abril de 2010, por lo que la presente Sentencia es emitida dentro de plazo.
- recurso de amparo constitucional, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 14
- a)
- III.3.1.
- Los jueces constatarán, de oficio o a pedido de parte, el transcurso de este plazo y cuando corresponda declararán extinguida la acción penal y archivarán la causa”
- III.3.2.
- REVOCAR