Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0261/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.4.
II.4. En recurso de casación, la Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia, dictó el Auto Supremo 236 de 7 de agosto de 1996, por el que caso el Auto de Vista recurrido y deliberando en el fondo declara improbada la demanda y probada, en todos sus términos, la demanda reconvencional, “debiendo efectuarse el pago del monto de la indemnización a tercero día de ejecutoriada la sentencia y en cuanto a daños y perjuicios y costas procesales averiguables en ejecución de sentencia, también a tercero día de su ejecutoria”(sic) (fs. 35 a 37 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 20
- plazo máximo de seis meses
- Fragmento 22
- idóneos
- Fragmento 24
- 10 de mayo de ese año
- sin recurso ulterior
- denegado
- APROBAR