SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0261/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0261/2010-R

Fecha: 31-May-2010

sin recurso ulterior

No es posible computar el plazo desde la notificación con el Auto Supremo 161 de 21 de agosto de 2006 -también impugnado- que declaró ilegal la compulsa por negativa de concesión del recurso de casación, como pretenden los accionantes, dado que tratándose de un proceso en ejecución de sentencia, las resoluciones dictadas en esta fase del proceso solo admiten apelación en el defecto devolutivo, sin recurso ulterior, tal cual lo establece expresamente el art. 518 del CPC. Por tanto, el recurso de casación y la consiguiente compulsa utilizadas por la parte accionante, no pueden ser considerados como recursos idóneos ni efectivos para hacer cesar los actos ilegales que se reclaman, por lo que no podían interrumpir el plazo de los seis meses a los efectos del cómputo de la inmediatez, al no tratarse de mecanismos legales de impugnación, sino que más bien, fueron utilizados equivocadamente por quienes en su momento asumieron la defensa de los intereses de la COMIBOL.