AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0071/2010-RCA

Fecha: 02-Jun-2010

a)

En el caso que se examina, el Tribunal de amparo dispuso que con carácter previo a la admisión, la recurrente cumpla los siguientes puntos: a) Generales de Ley de sus representadas, b) Generales de ley de Jorge Edgar Lobo Romano como tercer interesado -siendo que éste no es parte del proceso del que emerge el recurso de amparo- c) Acreditar documentalmente el proceso anterior interpuesto por Jorge Edgar Lobo Romano d) Acreditar documentalmente los resultados de la justicia ordinaria de un conflicto de propiedad, e) Aclarar el petitorio -siendo este, un requisito de contenido insubsanable- f) Establecer relación de causalidad  entre el hecho y el derecho  vulnerado -Requisitos de contenido insubsanable-.