AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2010-RCA

Fecha: 09-Jun-2010

a)

El Tribunal de garantías, mediante Auto de 23 de octubre de 2007 (fs. 209), con carácter previo a la admisión del amparo, otorgó el plazo de cuarenta y ocho horas con el fin de que los recurrentes: a) Acrediten documentalmente el agotamiento de todos los recursos, así como los antecedentes que motivan el recurso; b)  Establezca la relación de causalidad entre los hechos que motivan el presente amparo, con los derechos y garantías supuestamente vulnerados; c) Aclare el petitorio; d) En cumplimiento de la SC 1351/2003-R de 16 de septiembre, señale con precisión todos los terceros interesados en el caso de autos, así como sus generales de ley para fines de su notificación; y e) Presente en documento original la última página de la demanda interpuesta, teniendo presente que se trata de una fotocopia simple donde se encuentra únicamente la firma y sello del abogado y no así la firma de los recurrentes.