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    AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2010-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0073/2010-RCA

    Fecha: 09-Jun-2010

    I.4. Petitorio

    Solicita declarar procedente el recurso de amparo, en consecuencia se anule el proceso hasta el Auto interlocutorio de 5 de septiembre de 2006, y se instruya a la autoridad recurrida, que previo a cualquier apersonamiento exija el cumplimientito de la Ley de Abogacía, referido al pase profesional de los abogados patrocinantes.

    • revisión
    • I.1. Síntesis de la demanda
    • I.4. Petitorio
    • a)
    • rechazó
    • I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • 1.
    • II.2. Atribución de los Jueces y Tribunales de garantías en la etapa de  admisión del recurso
    • Lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión. Conforme a esto, si el juez o tribunal constata que está ante alguno de los casos de improcedencia del recurso de amparo, deberá dictar resolución fundamentada, declarando la improcedencia del recurso.
    • II.3. Sobre  el  principio  de  subsidiaridad en la interposición del recurso de amparo constitucional
    • 2)
    • II.4. Análisis del caso  en  revisión
    • APROBAR,

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