AUTO CONSTITUCIONAL 0321/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0321/2010-CA

Fecha: 14-Jun-2010

a)

Corrido en traslado el incidente (fs. 13), fue respondido por Moisés López Rojas, quien manifestó: a) No existe duda razonable y fundada sobre la inconstitucionalidad de las disposiciones agrarias, exponiendo amplia jurisprudencia constitucional; b) Las normas legales acusadas de inconstitucionales, no son las únicas que sustentan la facultad de resolver las demandas de nulidad de expediente y nulidad de titulo ejecutorial agrario por el Tribunal Agrario Nacional.