AUTO CONSTITUCIONAL 0321/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0321/2010-CA

Fecha: 14-Jun-2010

II.6. En  cuanto   a   los   efectos   del   rechazo   del  incidente  de inconstitucionalidad dispuesto por la autoridad judicial o administrativa ante la solicitud de parte de que se promueva el mismo

En el caso de autos los recurrentes -hoy accionantes- denuncian, que el Tribunal Agrario Nacional ante quien solicitaron se promueva el recurso incidental de inconstitucionalidad, y dispuso el rechazo del mismo, pronunció Resolución final, hecho que considera contrario a los alcances de la jurisprudencial constitucional, contenida en la SC 0222/2004 de 15 de abril, que según refieren, el rechazo tiene efecto suspensivo y evita el pronunciamiento de la sentencia o resolución. En ese sentido, corresponde efectuar un análisis de la jurisprudencia invocada y determinar si es acorde o no al orden legal y constitucional.