Sentencia: 0136/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0136/2010-R

Fecha: 02-Jun-2010

II.3.

II.3.   De acuerdo a lo relatado, se evidencia que los vocales recurridos no consideraron todos los antecedentes del caso a momento de confirmar la Resolución impugnada, con el argumento que en las piezas remitidas no se encontraba el memorial de solicitud de cesación a la detención preventiva y que el juez erróneamente y siendo sorprendido señaló audiencia para su consideración; pues, como se tiene ampliamente demostrado, existió una solicitud expresa, una audiencia que fue suspendida, la justificación del abogado por su inasistencia, un nuevo señalamiento de audiencia, la celebración de la misma y una Resolución pronunciada en esa audiencia, que fue precisamente la que se impugnó a través del recurso de apelación, y que no  podía ser desconocida por los vocales demandados y menos dar prevalencia a aspectos formales, cuando de por medio se encuentra el derecho a la libertad física o personal.