Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0310/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.1.
II.1. Por memorial de 18 de julio de 2005, el representado por el recurrente solicitó certificación y adjuntó Autos Supremos referidos a la ilegalidad de las excusas presentadas por Jueces; mereciendo providencia de 2 de agosto del mismo año que dispuso la emisión de la certificación y que desestimó elevar en consulta las excusas solicitadas por el recurrente (fs. 3 y vta; y 6).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- i)
- concediendo
- Fragmento 6
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Del recurso de amparo constitucional
- III.4. Del recurso de apelación en el efecto devolutivo
- III.5.
- REVOCAR