Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0310/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.3.
II.3. A fs. 16 y vta., del cuaderno procesal, se arrima memorial presentado el 22 de febrero de 2005, por el recurrente, solicitando al Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Ivirgarzama, pronunciar resolución dentro del proceso de concurso voluntario seguido por Florinda Gonzáles de Sánchez y Jesús Sánchez Rocabado contra la Cooperativa Pio X, Rosario Aguilar de Fernández y Juan Antonio Urquidi Bellido, habiéndose decretado el 22 del mismo mes y año, en el que se dispone se provean los recaudos para lo solicitado.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- i)
- concediendo
- Fragmento 6
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Del recurso de amparo constitucional
- III.4. Del recurso de apelación en el efecto devolutivo
- III.5.
- REVOCAR