SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0310/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 31 de octubre de 2006, cursante de fs. 80 vta. a 82 vta., pronunciada por el Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Totora, provincia Carrasco del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por René Villarroel Quinteros en representación de Juan Antonio Urquidi Bellido contra Marcos Hugo Cornejo, Juez de Partido Mixto y de Sentencia de Ivirgarzama, del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representado a la igualdad, a la petición y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.I, 7 inc. h) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- i)
- concediendo
- Fragmento 6
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Del recurso de amparo constitucional
- III.4. Del recurso de apelación en el efecto devolutivo
- III.5.
- REVOCAR