Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0320/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.2.
II.2. La recurrente interpone el presente recurso de hábeas corpus, impugnando los presuntos actos ilegales y omisiones indebidas en los que habrían incurrido los Vocales recurridos al dictar el Auto de Vista de 21 de diciembre de 2007, que resolvió la apelación interpuesta contra el Auto de 10 del citado mes y año, que rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva, alegando que el Auto Impugnado revocó la resolución apelada y dispuso la cesación de la detención preventiva, pero que el monto de la fianza económica es excesivo y se dispuso indebidamente (fs. 2 a 3).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3.
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.4. El caso en análisis
- REVOCAR