SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0340/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.2.
II.2. El Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social, pronunció la Sentencia de 24 de enero de 2002, declarando probada la demanda, ordenando a Mario Jaime Jiménez Prudencio en calidad de propietario y representante legal de las empresas South American Corporation e Instituto Computacional Integrado I.C.I., para que dentro de tercero día de ejecutoriada la sentencia y bajo alternativa de ley, pague a los demandantes los montos de las liquidaciones efectuadas, fallo que en apelación fue confirmado por Auto de Vista 166/2002 de 3 de abril, mismo que fue objeto del recurso de casación, declarado improcedente mediante Auto Supremo 122 de 12 de marzo de 2007, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, (fs. 10 a 12 y 15 a 16).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social,
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Apremio laboral
- III.4. El caso en examen
- que lo da por apersonado y rechaza el incidente de nulidad de obrados planteado (fs. 56 vta. a 57), es decir admite su apersonamiento
- III.5. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- REVOCAR