Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0340/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.6.
II.6. Mediante Auto de 13 de diciembre de 2007, la autoridad jurisdiccional, rechazó la petición de embargo realizada por Edgar Vitalio Bohorquez Argote, en representación de la empresa demandada, y al constatar que el representante legal de la misma no dio cumplimiento a dicha resolución, dispuso se libre mandamiento de apremio contra Mario Jaime Jiménez Prudencio en su calidad de propietario y representante legal de las empresas South American Corporation e Instituto Computacional Integrado, hasta el pago de los beneficios sociales a los demandantes (fs. 71 vta. a 72 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social,
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Apremio laboral
- III.4. El caso en examen
- que lo da por apersonado y rechaza el incidente de nulidad de obrados planteado (fs. 56 vta. a 57), es decir admite su apersonamiento
- III.5. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- REVOCAR