Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0340/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.4.
II.4. Edgar Vitalio Bohorquez Argote, por South American Corporation, plantea una serie de incidentes como la apelación contra la anterior resolución, nulidad de obrados y observación de la liquidación elaborada y presenta su apersonamiento (fs. 37 a 40; 42 a 43 vta., y 46 a 47). Posteriormente, solicitó la nulidad del proceso hasta el decreto de 8 de noviembre de 2001 (primer memorial donde la demandada Mirna Zambrana Bustillos actúa como si fuera apoderada de los demás demandantes), siendo rechazado el incidente de nulidad de obrados, a la vez que el juez de la causa da por apersonado a Edgar Vitalicio Bohorquez Argote, por Auto de 27 de septiembre de 2007, (fs. 56 vta. a 57).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social,
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Apremio laboral
- III.4. El caso en examen
- que lo da por apersonado y rechaza el incidente de nulidad de obrados planteado (fs. 56 vta. a 57), es decir admite su apersonamiento
- III.5. Empleo de terminología en cuanto a la otorgación o denegación de tutela
- REVOCAR