SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

competencia territorial en la acción de amparo constitucional

Finalmente, cabe referirse a la competencia territorial en la acción de amparo constitucional, puesto que la misma fue interpuesta en el Distrito Judicial de Potosí impugnando entre otras resoluciones, un Auto Supremo, por ende se demandó a Ministros de la Corte Suprema de Justicia, que tienen sede en la ciudad de Sucre, es decir en otro Distrito Judicial, quienes fueron notificados en un plazo inferior a las veinticuatro horas, antes de la audiencia señalada y han expuesto queja en sentido de que se les provocó indefensión.