SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

principio de economía procesal

En consecuencia, con relación a estos aspectos denunciados, sin ingresar a mayor abundamiento, toda vez que en el caso de autos no se ha ingresado al análisis de fondo por el principio de inmediatez incumplido en el plazo de presentación de la acción de amparo constitucional y que ha motivado la evidente denegación de tutela, en aplicación del principio de economía procesal, no corresponde la nulidad de obrados, sino la denegación de la tutela solicitada, como se tiene explicado precedentemente.