SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0347/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

Los Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí,

Los Vocales de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, en el informe brindado en audiencia señalaron: a) El recurso fue presentado fuera de término, pues el decreto de “cúmplase” se notificó el 19 de abril de 2006, de donde hasta el 1 de noviembre del mismo año, transcurrieron superabundantemente los seis meses, por ello el recurso debe ser declarado improcedente; b) El Auto de Vista 71/2004, no revalorizó la prueba, sólo se cumplió la primera parte del art. 407 del CPP, que faculta al Tribunal a ejercer control jurisdiccional de puro derecho; y, c) En casación el proceso fue ampliamente estudiado y analizado, siendo declarado infundado con la disidencia de una Ministra.