Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.2.
II.2. Mediante Ley 3506 del 27 de octubre de 2006, se dispuso la liquidación del SNC, en cuyo art. 3º establece que los procesos administrativos, judiciales y arbitrales, seguidos contra o iniciados por el SNC, serán asumidos por el SNC en Liquidación; Ley reglamentada por el DS 28947 de 25 de noviembre de 2006, designando como Liquidador del SNC a Carlos Jemio Bacarreza, mediante Resolución Suprema 226889 de 25 de noviembre de 2006 (fs. 2 a 9).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- Jueza Primera de Partido de Trabajo y Seguridad Social,
- parcialmente procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- III.3. Liquidación del Servicio Nacional de Caminos
- Ley 3506 de 26 de octubre de 2006
- Decreto Supremo 28947 de 25 de noviembre de 2006, Reglamentario de la Ley 35036
- III.4. El caso en examen
- APROBAR