SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0348/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, alega que se vulneraron sus derechos a las libertades física y de locomoción, por cuanto en el fenecido proceso social seguido en contra del SNC, una vez establecida la liquidación de dicha entidad, en ejecución de fallos, previas conminatorias de pago, dispuso mediante Autos de 12 y 14 de diciembre de 2007, se libre mandamiento de apremio en contra suya, en su condición de Liquidador del SNC, no obstante de que se le hizo conocer que el proceso de liquidación de dicha entidad, debe ser ejecutado conforme a la Ley 3506 de 27 de octubre de 2007 y su DS Reglamentario 28947 de 25 de noviembre del mismo año, que establecen que las obligaciones contra el SNC declaradas legal o judicialmente, serán previstas por el Ministerio de Hacienda, para que a través de su Liquidador se efectúe la inscripción, verificación y programación de pago conforme a la disponibilidad presupuestaria de la cuenta contingencias que se establezca anualmente y que dicho Ministerio, procederá a efectuar las respectivas previsiones, conforme respaldo, las auditorias legal y técnica con los dictámenes respectivos debidamente aprobados, es decir que su persona no puede pagar directamente los beneficios sociales reclamados. En consecuencia, corresponde determinar si los extremos demandados son evidentes para otorgar o no la tutela solicitada.