SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0367/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
los actos consentidos libre y expresamente
En ese sentido, cabe señalar que el art. 96.2 de la LTC, ha establecido que el amparo constitucional no procederá contra “… los actos consentidos libre y expresamente…”. Esta causal que debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realizó ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales, de modo que no siempre podrá exigirse un acto en el que el titular manifieste textualmente y por escrito que acepta libre y expresamente el acto ilegal u omisión indebida, sino que ello podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos y garantías constitucionales.
Esto deviene de las características de todo derecho fundamental que es el ser un derecho subjetivo, su titular es el individuo y no la sociedad o el Estado; por tanto se trata de un derecho disponible, conforme a ello la persona que ha podido sufrir una vulneración o menoscabo de algún derecho fundamental, atendiendo razones particulares puede consentir de manera expresa la lesión o amenaza a esos derechos, o simplemente adoptar una posición pasiva, consistente en no acudir a la tutela jurisdiccional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional,
- accionante'
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- los actos consentidos libre y expresamente
- la persona tiene la libertad de definir la acción a seguir frente a dicha situación, ya sea reclamando frente al hecho ilegal, planteando las acciones pertinentes o, en su caso, de consentir el hecho
- podrá deducirse con los elementos de juicio suficientes del accionar que el titular hubiera tenido a partir de la supuesta lesión de la que hubiesen sido objeto sus derechos
- segunda convocatoria
- APROBAR