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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2010-R

    Fecha: 22-Jun-2010

    II.5.

    II.5. El 3 de noviembre de 2000, Humberto Lemus Medina, interpone medida preliminar de reconocimiento de firmas de la carta notariada de 21 de marzo de 1991 (fs. 2 y vta.). El 17 de abril de 2001, se formaliza la demanda de cumplimento de obligación interpuesta ésta vez por los esposos Lemus contra Yola Medina Escóbar (fs 8. y vta. del anexo).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la demanda
    • I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • a)
    • deniega
    • I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.8.
    • II.10.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • acción de amparo constitucional
    • concederá o denegará
    • accionante
    • denegar
    • III.3.1. Sobre el control constitucional a la interpretación de la legalidad ordinaria
    • III.3.2. Sobre el debido proceso y la seguridad jurídica
    • III.4. Análisis del caso

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