Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0371/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 05/2007 de 22 de enero, cursante de fs. 36 a 38 vta., pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Yola Medina Escóbar contra Velia A. Guachalla Novillo y Alfredo Chávez Pérez, Vocales de la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de su derecho a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts.7 inc. a), y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- deniega
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Sobre el control constitucional a la interpretación de la legalidad ordinaria
- III.3.2. Sobre el debido proceso y la seguridad jurídica
- III.4. Análisis del caso