Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.3.
II.3. Que, por Auto de 9 de noviembre de 2000, el Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas del Distrito Judicial de Cochabamba, decreta la apertura del proceso penal en contra de Víctor Quiroga Vargas y otros (fs. 9); prosiguiendo con el proceso penal el 19 de mayo de 2004, se lleva adelante la audiencia pública de declaración confesoria de los procesados (fs. 25 y vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- 1)
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Exigencia de aportar prueba y demostrar que con el acto considerado ilegal se produjo la lesión del derecho
- lo hará sobre la base de la prueba que ofrezca la persona accionante
- aporte pruebas suficientes
- : i)
- III.3. Análisis del caso
- Por consiguiente la carga de la prueba corresponde al recurrente
- APROBAR