SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0382/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
recurso de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 62/06 de 20 de noviembre de 2006, cursante de fs. 51 a 52, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Víctor Quiroga Vargas contra Marlene Pino de Terán y Juan de la Cruz Vargas Vilte, Vocales de la Sala Penal Primera de la misma Corte Superior; y Miguel Trigo Rocha, Fiscal de Sustancias Controladas, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y a los principios de probidad y celeridad del proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a), 16.IV y 116.X de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.5.
- 1)
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Exigencia de aportar prueba y demostrar que con el acto considerado ilegal se produjo la lesión del derecho
- lo hará sobre la base de la prueba que ofrezca la persona accionante
- aporte pruebas suficientes
- : i)
- III.3. Análisis del caso
- Por consiguiente la carga de la prueba corresponde al recurrente
- APROBAR