Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0410/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.3.
II.3. De acuerdo al acta de sesión ordinaria 037/06 de 6 de junio de 2006, el Concejo Municipal de Colcapirhua, consideró la anulación del memorando de destitución de Cecilia Rocha de Alvarado, señalando, el Presidente, que anteriormente ya se debatió el informe del Asesor legal y que el mismo había sido aprobado solicitándose que se evacue la Resolución Municipal, mereciendo su aprobación con cuatro votos afirmativos (fs. 6 a 12).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercer interesado
- “otorga”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La naturaleza del recurso de amparo constitucional
- III.4. El recurso de amparo constitucional y los derechos fundamentales
- III.5. Los elementos subjetivo y objetivo del amparo constitucional y la legitimación activa
- quien hubiese sido agraviado o afectado en forma directa
- III.6. Análisis del caso concreto
- REVOCAR